Existen dos supuestos de aplicación para el complemento de la Carta Porte en los medios de transporte:

  1. Contribuyentes dedicados al servicio de transporte que emiten CFDI de tipo ingreso para:
    • Amparar y documentar la prestación de servicios.
    • Acreditar el transporte de mercancías con el complemento Carta Porte.
  2. Propietarios de mercancías, que por medios propios las transporta; o es transportada por un intermediario u agente de transporte quien es quien realiza el traslado de mercancías autorizado por el dueño de las mercancías, que emiten CFDI tipo traslado para:
    • Acreditar el transporte de mercancías con el complemento Carta Porte.

De acuerdo con Magdalena Macías Ríos, de la comisión técnica de comercio exterior del Colegio de Contadores Públicos de México, la Carta Porte, ya existía como “talón de embarque” o “póliza de movilización”.
Con esta reforma lo que el SAT pide es agregar información a los CFDI, ya sea CFDI de traslado o CFDI de ingreso, para demostrar la tenencia legal de quien traslada la mercancía.
Conforme al medio de transporte utilizado, se llenarán los campos e información, del complemento Carta porte.
Existen 4 medios de traslado de mercancías:

  • Terrestre
  • Aéreo
  • Férreo
  • Marítimo

 
 

¿CÓMO SE DEBE EMITIR EL CFDI DE TIPO INGRESO CON COMPLEMENTO CARTA PORTE?

Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:

  1. Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT.
  2. El cliente te contrata para realizar el traslado de los bienes o mercancías.
  3. Debes solicitar a la o el cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.
  4. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
  5. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
  6. La autoridad responsable realiza la verificación aleatoria en puntos de control.
  7. Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.

 
 

¿CÓMO SE DEBE EMITIR EL CFDI DE TIPO TRASLADO CON COMPLEMENTO CARTA PORTE?

Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:

  1. El propietario, intermediario o agente de transporte, requiere trasladar bienes o mercancías.
  2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.
  3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.
  4. La autoridad responsable realiza la verificación aleatoria en puntos de control.
  5. Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.

 
 

SANCIONES

Las multas por no presentar el CFDI del complemento Carta Porte, serán desde $17,020.00 hasta $93,000.00.

 
 

FECHAS IMPORTANTES


Hasta el 30 de noviembre de 2021

Prórroga en la emisión de la Carta Porte
Del 1 al 31 de diciembre de 2021 Período de prueba

1 de enero de 2022

Será obligatorio la emisión del complemento Carta Porte

Es importante tener en cuenta que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar sus deducciones.
 

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