06 Ago 2021

ESQUEMAS REPORTABLES

El 9 de Diciembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto donde se adiciona el Título VI del Código Fiscal de la Federación “ De la Revelación de Esquemas Reportables”.

Los esquemas reportables entraron en vigor en 2020, estableciéndose mediante una disposición transitoria que el cómputo de plazos para presentar las declaraciones a que obliga dicho título se empezaría a contar a partir del 1 de enero de 2021. Por lo que el primer plazo, para revelar los esquemas venció el 15 de febrero de 2021, plazo en el cual los contribuyentes debieron informar sobre los esquemas implementados antes del 2020 y que tuvieron efectos en este ejercicio.

El 2 de febrero de 2021 se publico un acuerdo, en donde se establece que no serán aplicables las disposiciones de los esquemas reportables a los asesores fiscales o contribuyentes, siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, y el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener en México, no exceda de 100 millones de pesos.

¿QÚE ES UN ESQUEMA REPORTABLE?

Es cualquier plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción o recomendación externada de forma expresa o tácita con el objeto de materializar una serie de actos jurídicos, que puedan generar, directa o indirectamente, un beneficio fiscal en México, independientemente del lugar residencial fiscal del contribuyente. Y deben de cumplir las características que se establecen en el artículo 199 del Código Fiscal de la Federación

¿QUÉ ES UN ASESOR FISCAL?

Cualquier persona física o moral que, en el curso ordinario de su actividad realice actividades de asesoría fiscal, y sea responsable o esté involucrada en el diseño, comercialización, organización, implementación o administración de la totalidad de un esquema reportable o quien pone a disposición la totalidad de un esquema reportable para su implementación por parte de un tercero.

¿QUÉ TIENE QUE HACER EL ASESOR FISCAL?

Deben de presentar una declaración informativa, en el mes de febrero de cada año, que contenga:
Una lista con los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes, así como su clave en el registro federal de contribuyentes, a los cuales brindó asesoría fiscal respecto a los esquemas reportables

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