¿QUÉ ES LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA?

Es la obligación fiscal que tienen los contribuyentes de llevar contabilidad en medios electrónicos por las operaciones económicas que realizan, los archivos con la información se envían en formato XML.

¿QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS A PRESENTARLA?

  • Personas físicas.
    Con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a $2,000,000.00 (siempre que no utilicen la aplicación de mis cuentas).
    Excepto:

    • Los asalariados
    • Quienes estén el régimen de arrendamiento, servicios profesionales sin que excedan de $2,000,000.00 de honorario, incorporación fiscal. Siempre y cuando registren sus operaciones en Mis Cuentas.
  • Persona moral
    Incluyendo las personas morales sin fines de lucro.
    Excepto:

    • Entidades del sector público.
    • Sociedades, asociaciones y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, que hayan recibido ingresos igual o menor a $2,000.000.00.
    • Asociaciones religiosas, siempre y cuando registren sus operaciones en Mis Cuentas.

¿QUÉ ARCHIVOS CONFORMAN LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA?

Balanza de comprobación

  • Sólo una vez y cada vez que sea modificado

Catálogo de cuentas

  • De forma mensual

Información de pólizas y auxiliares

  • Solo cuando el SAT lo solicite para su verificación
  • Para prosedencia de compensacioens o devoluciones

FECHAS DE ENVÍO

CONTRIBUYENTE

TIPO DE ENVÍO
Persona Física Mensual: Al 5to día hábil siguiente del segundo mes posterior al que corresponda la información
Persona Moral Mensual: Al 3er día hábil siguiente del segundo mes posterior al que corresponda la información
Quienes cotizan en bolsa Trimestral: Al 3er día hábil del segundo mes posterior del Trimestre, al que corresponde la información a enviar.
Personas físicas del sector primario que optaron por presentar su declaración semestral Semestral: Al 3er o 5to día hábil del segundo mes posterior del semestre, al que corresponde la información a enviar.

¿CÓMO SE ENTREGA AL SAT?

Por medio del buzón tributario, en el apartado Contabilidad Electrónica, con Firma Electrónica.

Share
This

Post a comment